Respuesta breve

La mayoría de edad empieza a los 18 años cumplidos; desde entonces cada persona dispone libremente de sus bienes. Antes, niñas, niños y adolescentes tienen incapacidad legal para obligarse por sí mismos, salvo las excepciones que la ley prevé expresamente. En la Ciudad de México, quien está bajo patria potestad no puede contraer obligaciones sin el consentimiento expreso de quienes la ejercen, que son sus representantes legales. Una excepción importante: los bienes que un adolescente obtiene por su trabajo le pertenecen y los administra él mismo.

A quién aplica
Personas menores de 18 años y sus familias. Referencia: Código Civil de la Ciudad de México y Código Civil Federal; cada estado tiene su código.
A quién no aplica
Contratos de trabajo de adolescentes (se rigen por la Ley Federal del Trabajo) y trámites con reglas administrativas propias.
Periodo
Código Civil para el Distrito Federal (compilación al 02-09-2026) y Código Civil Federal (DOF 14-11-2025).

Esta guía está pensada para adolescentes y sus familias. No te pedimos datos personales ni necesitas registrarte para leerla.

A qué edad se puede contratar libremente

La mayor edad comienza a los dieciocho años cumplidos (artículo 646 del Código Civil de la CDMX), y quien es mayor de edad dispone libremente de su persona y de sus bienes (artículo 647). El Código Civil Federal dice lo mismo (artículo 646).

Antes de los 18 años

En la Ciudad de México, niñas, niños y adolescentes tienen incapacidad legal, salvo los casos de excepción previstos expresamente en la ley (artículo 450). La ley aclara que la minoría de edad es una restricción a la capacidad de ejercicio que no significa menoscabo a la dignidad de la persona (artículo 23).

En concreto:

  • Quien está bajo patria potestad no puede contraer obligaciones sin el consentimiento expreso de quienes la ejercen; si se niegan de forma irracional, resuelve un juez (artículo 424).
  • Quienes ejercen la patria potestad son sus representantes legales y administran sus bienes conforme al Código (artículo 425).

Lo que ganas con tu trabajo es tuyo

Los bienes de una hija o un hijo bajo patria potestad se dividen en dos clases (artículo 428): los que adquiere por su trabajo y los que adquiere por otro título (por ejemplo, herencia o regalo). Los primeros le pertenecen en propiedad, administración y usufructo (artículo 429). En los segundos, la administración corresponde a quienes ejercen la patria potestad (artículo 430).

Las reglas para trabajar siendo adolescente están en trabajo de adolescentes.

¿Qué pasa si un menor firma sin consentimiento?

La nulidad por incapacidad solo puede invocarla la persona incapaz (o quien la represente), no la otra parte (artículo 2230). Es decir, la ley protege a la persona menor de edad: quien le vendió o contrató con ella no puede usar su edad para desconocer el contrato.

Caso ficticio · no es un caso realUna suscripción contratada a los 16 años

Valeria, de 16 años, contrató en línea un plan anual de un servicio usando la tarjeta de un familiar sin permiso. Sus padres, como representantes, pueden cuestionar el contrato por su incapacidad legal y, además, revisar las reglas de suscripciones y de cargos no reconocidos. Caso ficticio.

Para familias

  • Revisa qué servicios usan tus hijos y con qué medios de pago.
  • Habla con ellos antes de que acepten términos y condiciones de apps o juegos.
  • Si un proveedor vendió o contrató con una persona menor sin tu consentimiento, puedes reclamarlo.

Límites de esta explicación

  • No resuelve si una compra cotidiana de un adolescente puede anularse: depende del caso y de la prueba.
  • No trata la emancipación ni situaciones de tutela.

Qué hacer después

Fuentes oficiales consultadas

  1. Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México) — artículos 23, 424, 425, 428, 429, 430, 450, 646, 647, 2230Congreso de la Ciudad de México, compilación vigente · versión: última reforma GOCDMX 02-09-2026 · consultado el 29 de septiembre de 2026
  2. Código Civil Federal — artículo 646Cámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 14-11-2025 · consultado el 28 de septiembre de 2026

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Historial

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