Respuesta breve

El decreto publicado en el Diario Oficial el 1 de mayo de 2026, en vigor ese mismo día, fija la jornada ordinaria máxima en 40 horas semanales, pero de forma gradual: 48 horas en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 desde 2030. La reducción no puede implicar disminuir salarios ni prestaciones. Queda pendiente la regulación del registro electrónico de jornada, cuyas disposiciones generales entran en vigor el 1 de enero de 2027.

A quién aplica
Relaciones de trabajo sujetas a la Ley Federal del Trabajo (apartado A).
A quién no aplica
Personas al servicio del Estado, cuya jornada regula la LFTSE.
Estado de la norma
Publicado en el DOF el 01-05-2026 y en vigor; aplicación gradual 2026–2030; disposiciones de registro electrónico desde el 01-01-2027.
Reloj de pared y agenda de trabajo en una oficina, escena ilustrativa
Imagen editorial generada para ilustrar la jornada de trabajo; no documenta un centro laboral real.

Qué ocurrió. El 1 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral. Según su transitorio primero, entró en vigor ese mismo día. Esta nota se basa en la lectura del decreto y del texto vigente de la ley; no incluye entrevistas ni declaraciones.

Qué cambió en la ley

El decreto reformó varios artículos. Los principales:

  • Artículo 59: la duración máxima de la jornada ordinaria será de cuarenta horas semanales (texto vigente).
  • Artículo 58: se añadió que la jornada podrá distribuirse de común acuerdo entre las partes (texto vigente).
  • Artículo 61: mantiene los máximos diarios: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete y media la mixta (texto vigente).
  • Artículos 66 y 68: nuevas reglas para las horas extraordinarias (artículo 66, artículo 68). Las explicamos en horas extra.
  • Artículo 69: un día de descanso con goce de salario íntegro por cada seis días de trabajo (texto vigente).
  • Artículo 132, fracción XXXIV: obligación de registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora (texto vigente).

El calendario: de 48 a 40 horas

El transitorio segundo establece que la jornada del artículo 59 se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año que corresponda:

2026
48 h
2027
46 h
2028
44 h
2029
42 h
2030
40 h
Gráfica elaborada por Ley y Código con el calendario del transitorio segundo del decreto. Cada barra representa horas semanales máximas de jornada ordinaria.

El transitorio tercero señala que el periodo del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 permitirá a personas trabajadoras y empleadoras ajustar los procesos de trabajo. Puedes comparar tu jornada con el máximo de cada año en el comparador semanal.

¿Puede bajar el sueldo?

No. El transitorio séptimo dispone que en ningún caso la reducción de la jornada implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones.

Qué sigue pendiente

TemaEstado según el decreto
Máximo semanal de 40 horasSe alcanza en 2030; mientras tanto rige el calendario gradual
Horas extra: límite semanal de 12Gradual: 9 (2026–2027), 10 (2028), 11 (2029), 12 (2030)
Registro electrónico de jornadaLa STPS debe expedir disposiciones generales sobre su aplicación y excepciones; entran en vigor el 1 de enero de 2027 (transitorio quinto)
Sanción por no llevar el registroMulta de 250 a 5,000 UMA, según la nueva fracción IV Bis del artículo 994
EvaluaciónLa STPS instrumentará mecanismos para recopilar y evaluar datos de la implementación (transitorio sexto)

Qué conviene revisar en tu empleo

  • La jornada y el horario pactados: si en 2027 tu contrato dice 48 horas semanales, excederá el nuevo máximo.
  • Cómo se distribuirán las horas: la ley permite acordarlo, sin rebasar los máximos diarios.
  • Cómo se registran entrada y salida, sobre todo a partir de 2027.
  • Que salario y prestaciones no disminuyan con el ajuste.

Más contexto en tipos de jornada y registro electrónico de jornada.

Límites de esta explicación

  • Explica el decreto publicado; no determina cómo debe reorganizarse un horario concreto.
  • No cubre jornadas del sector público ni regímenes especiales.
  • Las reglas de la STPS sobre el registro electrónico pueden precisar excepciones; esta nota se actualizará cuando se revisen.

Qué hacer después

Fuentes oficiales consultadas

  1. Decreto por el que se reforma la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral (DOF 1 de mayo de 2026)Diario Oficial de la Federación · consultado el 28 de septiembre de 2026
  2. Ley Federal del Trabajo — artículos 58, 59, 61, 66, 68, 69, 132Cámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 14-05-2026 · consultado el 28 de septiembre de 2026

Los enlaces llevan al documento oficial; en los PDF, el enlace abre la página donde está el artículo citado cuando el navegador lo permite. Las versiones cambian: confirma la vigencia antes de decidir.

Historial

  • Publicación.
  • Migración al nuevo formato editorial; se añadieron los artículos reformados, la sanción por incumplir el registro y el estado de cada etapa.

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