Respuesta breve

La reforma publicada en el DOF el 19 de diciembre de 2024 obliga a las personas empleadoras de servicios, comercio y centros análogos a proveer suficientes sillas con respaldo para trabajar o para descansar periódicamente, y prohíbe obligar a estar de pie durante toda la jornada o impedir sentarse periódicamente. En la industria aplica cuando la naturaleza del trabajo lo permite. El reglamento interior debe regular el uso de esos asientos.

A quién aplica
Personas trabajadoras bajo la Ley Federal del Trabajo, principalmente en comercios, servicios y centros de trabajo análogos.
A quién no aplica
Personas al servicio del Estado (LFTSE).
Periodo
Artículo 132, fracción V, y artículo 133, fracción XVII Bis, de la LFT, reformados o adicionados por decreto DOF 19-12-2024.

Cajeras, vendedores de piso, personal de atención: durante años fue normal pasar la jornada completa de pie. Desde diciembre de 2024 la ley lo limita expresamente.

Desde cuándo aplica

Según los transitorios del decreto publicado el 19 de diciembre de 2024, que la Cámara de Diputados reproduce al final del texto vigente de la LFT, la reforma entró en vigor a los 180 días naturales de su publicación (junio de 2025) y las empresas tuvieron 180 días naturales más para adecuar su normativa interna a la obligación de sillas. Ambos plazos ya transcurrieron.

Qué obliga

La fracción V del artículo 132 de la LFT obliga a las personas empleadoras a proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, tanto para ejecutar sus funciones como para el descanso periódico durante la jornada. Para los descansos, las sillas deben estar en áreas designadas dentro de las mismas instalaciones. La misma regla se observa en establecimientos industriales cuando la naturaleza del trabajo lo permite.

Qué prohíbe

El artículo 133, fracción XVII Bis, prohíbe obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada y prohibirles tomar asiento periódicamente durante sus funciones.

Dónde se concreta: el reglamento interior

El reglamento interior de trabajo de cada empresa debe contener normas que regulen el derecho a usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada, conforme a la fracción V del artículo 132 (artículo 423). Si en tu centro de trabajo hay reglamento interior, pide conocerlo.

Una regla anterior para trabajadoras

Antes de esta reforma ya existía el artículo 172, que obliga a mantener un número suficiente de asientos o sillas a disposición de las madres trabajadoras en los establecimientos donde trabajan mujeres.

Caso ficticio · no es un caso realUna tienda de autoservicio

En una tienda, el personal de cajas trabaja turnos de siete horas y le prohíben sentarse “para dar buena imagen”. Con la reforma, la empresa debe tener sillas con respaldo para trabajar o descansar periódicamente y no puede prohibir sentarse durante toda la jornada. Cómo se alternan los periodos debe preverse en el reglamento interior. Caso ficticio.

Qué hacer si no se cumple

Documenta la situación (fotos del área, instrucciones escritas o mensajes), consulta el reglamento interior y, si no hay solución, acude a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o a la inspección del trabajo.

Límites de esta explicación

  • No detalla sanciones ni procedimientos de inspección.
  • Cómo se organiza el uso de asientos en cada centro depende del reglamento interior de trabajo.

Qué hacer después

Fuentes oficiales consultadas

  1. Ley Federal del Trabajo — artículos 132, 133, 172, 423Cámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 14-05-2026 · consultado el 28 de septiembre de 2026

Los enlaces llevan al documento oficial; en los PDF, el enlace abre la página donde está el artículo citado cuando el navegador lo permite. Las versiones cambian: confirma la vigencia antes de decidir.

Historial

  • Publicación.
  • Revisión de vigencia: se añadieron la entrada en vigor y el plazo de adecuación previstos en los transitorios del decreto de diciembre de 2024.

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