Según la LFTSE, ningún trabajador puede ser cesado sino por justa causa. El nombramiento deja de surtir efectos sin responsabilidad por renuncia, abandono, conclusión del término u obra, muerte, incapacidad permanente o por resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en los casos graves que enumera la ley (faltas de probidad, más de tres faltas consecutivas, desobediencia reiterada, entre otros). Antes debe levantarse un acta administrativa con intervención del trabajador y del sindicato.
- A quién aplica
- Personas trabajadoras de base sujetas a la LFTSE.
- A quién no aplica
- Trabajadores de confianza (excluidos del régimen de la LFTSE), de estados y municipios, y relaciones bajo la LFT.
- Periodo
- Artículos 43, 46, 46 Bis y 124 de la LFTSE; última reforma consultada DOF 15-01-2026.
En el sector público federal de base, el cese no es una decisión unilateral libre. La ley exige una causa, un procedimiento y, en los casos graves, la intervención de un tribunal.
La regla: solo por justa causa
El artículo 46 de la LFTSE dispone que ningún trabajador podrá ser cesado sino por justa causa. El nombramiento solo deja de surtir efectos sin responsabilidad para el titular por:
- Renuncia, abandono de empleo o abandono o faltas repetidas en labores técnicas o de atención a personas que pongan en peligro bienes, servicios, la salud o la vida.
- Conclusión del término o de la obra del nombramiento.
- Muerte del trabajador.
- Incapacidad permanente, física o mental, que impida desempeñar las labores.
- Resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en los casos de la fracción V.
Los casos que requieren resolución del Tribunal
La fracción V enumera, entre otros: faltas de probidad, violencia o malos tratos contra jefes o compañeros; faltar más de tres días consecutivos sin causa justificada; destruir intencionalmente bienes; actos inmorales; revelar asuntos reservados; comprometer la seguridad por imprudencia; desobedecer reiteradamente y sin justificación; concurrir habitualmente en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas; incumplir las condiciones generales de trabajo; y prisión por sentencia ejecutoria.
Mientras se resuelve, el jefe superior puede cambiar de oficina al trabajador dentro de la misma entidad. La suspensión de los efectos del nombramiento requiere conformidad del sindicato o, en causas graves señaladas por la ley, que el Tribunal la decrete.
El acta administrativa
El artículo 46 Bis exige que, ante una causa de la fracción V, el jefe superior levante un acta administrativa con intervención del trabajador y de un representante del sindicato, donde consten los hechos, la declaración del trabajador y las de testigos de cargo y de descargo, y que se entregue copia al trabajador y al sindicato. Esa acta y sus documentos son la base de la demanda ante el Tribunal.
Acude, pide que se asiente tu versión y que se escuche a tus testigos, verifica que esté presente la representación sindical y exige tu copia. Lo que ahí conste será la base del procedimiento.
El Tribunal y la reinstalación
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje es competente para los conflictos individuales entre titulares y trabajadores (artículo 124). Si se condena a la dependencia, el artículo 43 la obliga a reinstalar en la plaza y pagar los salarios caídos, o a cubrir la indemnización cuando el trabajador opte por ella, y a pagar en una sola exhibición salarios caídos, primas, aguinaldo y quinquenios conforme al laudo. Si el Tribunal resuelve que el cese procede sin responsabilidad para el Estado, no hay pago de salarios caídos.
Límites de esta explicación
- No explica plazos para demandar ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje; existen y conviene consultarlos de inmediato con tu sindicato o un abogado.
- No cubre responsabilidades administrativas (sanciones por faltas del servicio público), que siguen otra vía.
Fuentes oficiales consultadas
- Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado — artículos 43, 46, 46-Bis, 124Cámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 15-01-2026 · consultado el 28 de septiembre de 2026
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