Antes de prestar un servicio, el proveedor debe darte un presupuesto por escrito; en reparaciones, con las características del servicio, el costo de refacciones y mano de obra y su vigencia. Debe usar refacciones nuevas y apropiadas, salvo que autorices expresamente otras, y entregarte factura o comprobante con las piezas, precios y la garantía. Si la reparación presenta fallas imputables al taller dentro de 90 días naturales, deben repararlo sin costo; y si por un servicio deficiente el bien se pierde o se deteriora, te deben una bonificación.
- A quién aplica
- Servicios de reparación y mantenimiento que prestan proveedores a personas consumidoras en México.
- A quién no aplica
- Reparaciones hechas por particulares que no se dedican a ello de forma habitual.
- Periodo
- Ley Federal de Protección al Consumidor vigente (última reforma DOF 12-12-2025).
Un celular con la pantalla rota, un auto que hace un ruido extraño, una lavadora que no centrifuga. Llevarlos a reparar es un contrato de servicio y la ley del consumidor fija reglas específicas.
Antes: presupuesto por escrito y tarifas a la vista
- En todo establecimiento de servicios debe exhibirse la tarifa de los principales servicios; las demás deben estar disponibles (artículo 57 de la LFPC).
- Antes de prestar el servicio, el proveedor debe darte un presupuesto por escrito. En reparaciones, debe describir las características del servicio, el costo de refacciones y mano de obra y su vigencia (artículo 59).
Durante: refacciones nuevas
Quienes reparan productos deben usar partes y refacciones nuevas y apropiadas, salvo que autorices expresamente otras. Si usan refacciones que no cumplen normas obligatorias, puedes exigir los gastos que pruebes y una bonificación (artículo 60).
Después: comprobante con detalle
El prestador debe expedir factura o comprobante de los trabajos, que especifique partes, refacciones y materiales, su precio y el de la mano de obra, y la garantía otorgada (artículo 62).
Si la reparación falla
- Si el producto reparado presenta deficiencias imputables a quien lo reparó dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrega, tienes derecho a que lo reparen de nuevo sin costo. Si la garantía ofrecida es mayor, rige esa (artículo 81).
- Si por deficiencia del servicio el bien se pierde o queda total o parcialmente inservible, el taller debe darte una bonificación en términos del artículo 92 Ter (artículo 61), que no puede ser menor al 20 % del precio pagado (artículo 92 Ter).
Diana lleva su teléfono a cambiar la batería. Le dan un presupuesto escrito de $900 por batería nueva y mano de obra, válido por 5 días. Al recogerlo, le entregan un comprobante con la pieza, el precio y 90 días de garantía. A las cuatro semanas, la batería falla por una mala instalación: el taller debe repararlo de nuevo sin costo. Caso ficticio.
Lista rápida
- Pide el presupuesto por escrito y no autorices trabajos adicionales sin un nuevo presupuesto.
- Si aceptas refacciones usadas o genéricas, que conste por escrito.
- Exige el comprobante con el detalle de piezas y la garantía.
- Guarda la orden de servicio con la fecha de entrega y recepción.
- Si hay problemas, reclama por escrito y, si no se resuelve, acude a PROFECO.
Límites de esta explicación
- No determina si una falla es imputable al taller: puede requerir peritaje.
Fuentes oficiales consultadas
- Ley Federal de Protección al Consumidor — artículos 57, 59, 60, 61, 62, 81, 92-TerCámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 12-12-2025 · consultado el 28 de septiembre de 2026
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