Cuando un bien o servicio se ofrece con garantía, esta no puede ser menor a 90 días desde la entrega o la prestación del servicio. La póliza debe entregarse por escrito al recibir el producto e indicar alcance, duración, condiciones, cómo hacerla efectiva y dónde reclamar. Puedes exigirla al productor, al importador o al distribuidor. El tiempo que el producto pase en reparación no cuenta dentro del plazo. Si el producto tiene defectos que lo hacen impropio para su uso, puedes elegir entre reposición, rescisión con devolución o rebaja del precio, más una bonificación.
- A quién aplica
- Bienes y servicios que un proveedor vende a una persona consumidora en México.
- A quién no aplica
- La devolución por cambiar de opinión (no depende de la garantía) y las garantías de vivienda nueva o vehículos con reglas específicas adicionales.
- Periodo
- Ley Federal de Protección al Consumidor vigente (última reforma DOF 12-12-2025).
La garantía es una promesa del proveedor sobre el funcionamiento de lo que vende, pero la ley le pone un piso y reglas de forma. Conocerlas evita discusiones como “la garantía ya venció” cuando el producto pasó semanas en el taller.
Cuánto dura como mínimo
Todo bien o servicio que se ofrezca con garantía se sujeta a la ley y a lo pactado, y esa garantía no puede ser inferior a noventa días contados desde la entrega del bien o la prestación del servicio (artículo 77 de la LFPC).
La frase “que se ofrezca con garantía” importa: la ley fija el mínimo de la garantía ofrecida. Si el proveedor anuncia un año, rige el año. Además, la leyenda “garantizado” o “garantía” solo puede usarse si se indica en qué consiste y cómo hacerla efectiva (artículo 40).
Qué debe decir la póliza
La póliza debe expedirse por escrito, de forma clara y precisa, y expresar por lo menos (artículo 78):
- alcance y duración;
- condiciones;
- mecanismos para hacerla efectiva;
- domicilio para reclamaciones, y
- establecimientos o talleres de servicio.
Debe entregarse al recibir el bien o servicio. Una póliza no puede ser inferior a lo que determinen las disposiciones aplicables ni reducir los derechos que la ley te da (artículo 79).
A quién reclamar y dónde
El cumplimiento de la garantía es exigible, indistintamente, al productor, al importador y al distribuidor, salvo que alguno de ellos o un tercero asuma la obligación por escrito (artículo 79). Se cumple en el domicilio donde compraste o en el que indique la póliza; si te hacen acudir a otro lugar, el proveedor debe cubrir los gastos necesarios que eso te genere.
Los productores deben asegurar el suministro de refacciones y el servicio de reparación durante la garantía y mientras el producto se siga fabricando o distribuyendo (artículo 80).
El tiempo en el taller no cuenta
El tiempo que duren las reparaciones hechas al amparo de la garantía no se computa dentro de su plazo. Además (artículo 83):
- respecto de las piezas repuestas, inicia una nueva garantía; para el resto del producto, la garantía continúa;
- si te reponen el producto completo, el plazo de garantía se renueva.
Luis compra una cafetera con póliza de 180 días. A los 60 días deja de calentar y la lleva al centro de servicio, donde permanece 20 días. Esos 20 días no cuentan: al recogerla, le quedan 120 días de garantía sobre el aparato, y la resistencia que le cambiaron tiene su propia garantía desde ese momento. Caso ficticio.
Si el producto tiene defectos
Si el bien tiene defectos o vicios ocultos que lo hacen impropio para su uso habitual, disminuyen su calidad o la posibilidad de usarlo, o no ofrece la seguridad esperada, puedes elegir entre (artículo 82):
- la restitución del bien o servicio;
- la rescisión del contrato, con devolución del precio pagado, o
- la reducción del precio,
y en cualquier caso una bonificación o compensación. Esa bonificación no puede ser menor al 20 % del precio pagado (artículo 92 Ter), sin perjuicio de los daños y perjuicios.
También tienes derecho a elegir reposición o devolución, más bonificación, si el bien no corresponde a la calidad, marca o especificaciones con que se ofreció, o si un bien reparado dentro de la garantía no queda en estado adecuado (artículo 92, fracciones II y III). En este último caso, si eliges reposición, el producto debe ser nuevo. En aparatos que requieren conocimientos técnicos, puede resolverse con peritos o laboratorios acreditados.
Si un producto reparado o en mantenimiento presenta deficiencias imputables a quien lo reparó dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrega, tienes derecho a que lo reparen de nuevo sin costo; si la garantía es mayor, rige esa (artículo 81).
Garantía no es devolución por gusto
Cambiar un producto porque ya no te gustó, por la talla o por el color es otra pregunta. La garantía cubre fallas y defectos; los cambios por gusto dependen de la política de la tienda. Para las ventas fuera del establecimiento, la ley prevé una regla especial de revocación (artículo 56); estamos revisando cómo se aplica a las compras por internet.
Qué conservar
- Comprobante de compra y póliza.
- Anuncio o descripción del producto.
- Número de serie y fotos o video de la falla.
- Orden de servicio con fecha de ingreso, estado del producto y motivo; y la fecha en que te lo devuelven.
Si acudes a PROFECO después de que venció la garantía, tendrás que acreditar que reclamaste al proveedor dentro del plazo (artículo 84). Por eso conviene reclamar por escrito y guardar el acuse. Cómo presentar la queja: queja o denuncia ante PROFECO.
Límites de esta explicación
- No decide si una falla concreta está cubierta: en productos técnicos puede requerirse un peritaje.
- No trata las normas oficiales mexicanas que fijan garantías mayores para ciertos productos.
Fuentes oficiales consultadas
- Ley Federal de Protección al Consumidor — artículos 40, 56, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 92, 92-TerCámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 12-12-2025 · consultado el 28 de septiembre de 2026
Los enlaces llevan al documento oficial; en los PDF, el enlace abre la página donde está el artículo citado cuando el navegador lo permite. Las versiones cambian: confirma la vigencia antes de decidir.
Historial
- Publicación.
- Migración al nuevo formato desde /guia-garantias.html. Se añadieron las reglas sobre refacciones (art. 80), reparaciones deficientes (art. 81), bonificación mínima (art. 92 Ter) y reclamación fuera del plazo (art. 84).
Si detectas un error, escríbenos desde Contacto. Las correcciones sustantivas se registran aquí y en Correcciones.