Respuesta breve

Un préstamo de dinero entre particulares es un contrato de mutuo: quien recibe el dinero se obliga a devolver otro tanto. Se puede pactar interés; si no se fija, el interés legal es del 9 % anual. Si el interés pactado es tan desproporcionado que hace creer que se abusó del apuro, la inexperiencia o la ignorancia del deudor, un juez puede reducirlo hasta el legal, a petición del deudor. Con interés mayor al legal, el deudor puede pagar anticipadamente después de seis meses, avisando con dos meses. No se puede pactar de antemano que los intereses generen intereses.

A quién aplica
Préstamos civiles de dinero entre particulares. Referencia: Código Civil de la Ciudad de México; cada estado tiene su código.
A quién no aplica
Préstamos de bancos, financieras y casas de empeño, y préstamos mercantiles entre comerciantes, con reglas propias.
Periodo
Código Civil para el Distrito Federal (compilación al 02-09-2026).

Prestar dinero a un familiar o a un amigo, aunque sea sin papeles, es un contrato con reglas, y conocerlas evita malentendidos.

Qué es el mutuo

El mutuo es el contrato por el que una persona transfiere la propiedad de una suma de dinero (u otras cosas fungibles) a otra, que se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad (artículo 2384 del Código Civil de la CDMX). Si se prestó dinero, se paga devolviendo una cantidad igual conforme a la ley monetaria vigente al momento del pago (artículo 2389).

Intereses

  • Se puede pactar interés (artículo 2393).
  • El interés legal es del nueve por ciento anual. El convencional es el que fijen las partes y puede ser mayor o menor (artículo 2395).
Interés legal anualInterés anual = monto prestado × 0.09

Cuando el interés es abusivo

Si el interés es tan desproporcionado que hace creer fundadamente que se abusó del apuro pecuniario, la inexperiencia o la ignorancia del deudor, a petición de este el juez puede reducirlo equitativamente hasta el tipo legal, según las circunstancias (artículo 2395).

Pago anticipado

Si se convino un interés más alto que el legal, el deudor puede reembolsar el capital después de seis meses desde que se celebró el contrato, sin importar el plazo pactado, avisando al acreedor con dos meses y pagando los intereses vencidos (artículo 2396).

Intereses sobre intereses

Las partes no pueden, bajo pena de nulidad, convenir de antemano que los intereses se capitalicen y produzcan a su vez intereses (artículo 2397).

Caso ficticio · no es un caso realUn préstamo familiar

Andrés presta $20,000 a su prima, sin hablar de intereses ni fecha. Como no pactaron intereses, en principio la prima debe devolver los $20,000; si se atrasa una vez que el pago es exigible, podrían discutirse daños por el retraso, que en deudas de dinero no pueden exceder del interés legal salvo convenio (artículo 2117). Si hubieran pactado un 10 % mensual, la prima podría pedir a un juez que lo reduzca si demuestra que se abusó de su apuro. Caso ficticio.

Cómo documentarlo

Recomendaciones prácticas: pongan por escrito el monto, la fecha, si hay interés y cuánto, y cómo y cuándo se pagará; hagan la entrega por transferencia con concepto; y guarden los comprobantes de cada pago. También pueden documentarlo con un pagaré. Recuerda que nadie puede ser encarcelado por deudas de carácter puramente civil (artículo 17 de la Constitución).

Límites de esta explicación

  • No indica cuándo un interés es usurario en un caso concreto: lo decide un juez según las circunstancias.
  • No explica el cobro judicial ni sus plazos.

Qué hacer después

Fuentes oficiales consultadas

  1. Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México) — artículos 2117, 2384, 2389, 2393, 2395, 2396, 2397Congreso de la Ciudad de México, compilación vigente · versión: última reforma GOCDMX 02-09-2026 · consultado el 29 de septiembre de 2026
  2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos — artículo 17Cámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 02-06-2026 · consultado el 28 de septiembre de 2026

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