Respuesta breve

En la cima está la Constitución. El artículo 133 señala que la Constitución, las leyes del Congreso que emanen de ella y los tratados que estén de acuerdo con ella son la Ley Suprema de toda la Unión, por encima de lo que digan constituciones o leyes locales en contrario. Debajo están los reglamentos y otras disposiciones administrativas, que deben ajustarse a la ley. En derechos humanos, el artículo 1 ordena interpretar las normas favoreciendo la protección más amplia.

A quién aplica
Orden jurídico mexicano.
Periodo
Artículos 1, 89 y 133 de la Constitución, vigentes.

La “pirámide” es una imagen útil para empezar, pero en México hay matices: competencias federales y locales, tratados y un mandato de interpretación favorable en derechos humanos.

El punto de partida: el artículo 133

El artículo 133 de la Constitución dispone que la Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la Constitución, celebrados por el Presidente con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Y ordena a los jueces de cada entidad arreglarse a ellos a pesar de disposiciones en contrario en constituciones o leyes locales.

Un esquema simplificado

  1. Constitución (y derechos humanos de los tratados, conforme al artículo 1).
  2. Tratados internacionales y leyes del Congreso que emanan de la Constitución.
  3. Reglamentos del Ejecutivo, que proveen a la exacta observancia de las leyes (artículo 89, fracción I).
  4. Disposiciones administrativas y técnicas: acuerdos, lineamientos, normas oficiales mexicanas.
  5. Actos concretos: contratos, resoluciones, permisos.

Cada nivel debe ajustarse al superior. Un reglamento que contradice la ley, o un contrato que contradice una norma de orden público, puede ser impugnado.

Federal y local: no siempre es jerarquía

Una ley local no está “debajo” de una federal en todo: cada una rige en su ámbito de competencia. Para resolverlo, la pregunta clave es quién tiene la facultad para legislar esa materia (artículo 124). Lo explicamos en federal o local.

Derechos humanos: la interpretación más favorable

El artículo 1 establece que todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México es parte, y que las normas de derechos humanos se interpretarán favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Esto influye en cómo se leen todas las demás normas. Lo explicamos en el artículo 1 de la Constitución.

Caso ficticio · no es un caso realReglamento contra ley

Una ley otorga un derecho a cierto grupo de personas. Su reglamento añade un requisito que la ley no prevé y que hace imposible ejercer el derecho. Como el reglamento debe proveer a la “exacta observancia” de la ley, ese requisito podría impugnarse por exceder la ley. Caso ficticio con fines didácticos.

Límites de esta explicación

  • La relación entre tratados de derechos humanos y restricciones constitucionales ha sido precisada por la jurisprudencia de la Suprema Corte; esta guía no la desarrolla.
  • Entre leyes federales y locales, la pregunta clave es de competencia más que de jerarquía; esta guía lo explica de forma general.

Qué hacer después

Fuentes oficiales consultadas

  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos — artículos 1, 89, 124, 133Cámara de Diputados, texto vigente · versión: última reforma DOF 02-06-2026 · consultado el 28 de septiembre de 2026

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