Carta de renuncia
Renuncia voluntaria con fecha de efectos y solicitud de pago de tu finiquito.
Antes de usarlo
- Firma la renuncia solo si de verdad quieres terminar la relación. Si te piden firmarla como condición para pagarte o te presionan, no la firmes: revisa ¿Qué hago ahora? › Me despidieron.
- Entrega dos tantos y pide que te firmen y sellen uno de recibido, con fecha.
- Renunciar no te quita el derecho al finiquito. Calcúlalo antes con la calculadora laboral.
- La prima de antigüedad por renuncia voluntaria procede, como regla general, con al menos quince años de servicios (LFT, art. 162).
- Es un borrador general, no asesoría para tu caso. Si hay mucho en juego, pide que lo revise una persona profesional.
Solo para identificarlo en Mi espacio y en el nombre del archivo.
Fuentes
- Ley Federal del Trabajo (texto vigente)Cámara de Diputados. Revisada el 2026-10-28. Artículos 33, 47, 48, 50, 59, 61, 66 a 81, 84, 87, 89, 162, 485, 486, 516, 518, 521 y 522 contrastados, incluida la reforma de jornada publicada en el DOF el 1 de mayo de 2026 (última reforma indicada en el texto: DOF 14-05-2026). El art. 521 se contrastó en una copia cotejada (mley.mx).